Glosario SUNAT · Cobranza, detracciones y retenciones

Orden de pago

El documento con el que SUNAT exige el pago de una deuda que el propio contribuyente ya declaró. No discute el monto: lo reclama.

La orden de pago se emite cuando la deuda surge de lo que el contribuyente declaró y no pagó, o de un error de cálculo evidente en su propia declaración. Por eso su naturaleza es distinta de la de una resolución de determinación: no hay una acotación de SUNAT que discutir, hay un monto autoliquidado impago.

Esa diferencia tiene un efecto procesal fuerte: para reclamar una orden de pago, por regla general hay que pagarla primero. Es exigible desde su notificación, y si no se paga ni se regulariza, el paso siguiente es la cobranza coactiva.

Llega al buzón electrónico, y desde el depósito ahí empiezan a correr los plazos.

Por qué te importa

  • Nace de tu propia declaración: no es una acotación discutible en las mismas condiciones.
  • Es exigible desde la notificación y abre la puerta a la cobranza coactiva.
  • El plazo corre desde el depósito en el buzón, lo hayas leído o no.

Términos relacionados

← Volver al glosario