Glosario SUNAT · Cobranza, detracciones y retenciones
Retención del IGV
Otro adelanto del impuesto: ciertos compradores designados por SUNAT como agentes de retención descuentan un porcentaje del pago al proveedor y lo enteran al fisco.
SUNAT designa por resolución a determinados contribuyentes como agentes de retención. Cuando uno de ellos le compra a un proveedor, retiene un porcentaje del importe de la operación, le entrega un comprobante de retención y entera ese monto en su propia declaración.
Para el proveedor retenido, la retención no es un costo: es un crédito. El importe retenido se descuenta del IGV que le toca pagar en su declaración mensual, y si sobra, se arrastra.
Es un mecanismo distinto de la detracción, aunque el efecto económico se parezca. En la retención el dinero va directo al fisco por medio del comprador; en la detracción va a una cuenta del proveedor de la que sólo puede sacarse para pagar tributos.
Por qué te importa
- Las retenciones sufridas se descuentan del IGV a pagar: hay que declararlas para no perderlas.
- El comprobante de retención es el sustento de ese crédito.
- Ser designado agente de retención cambia obligaciones: no es opcional.
Términos relacionados
- Percepción del IGVUn adelanto que se cobra al revés: el vendedor designado como agente de percepción le cobra al comprador un monto adicional al precio, a cuenta del IGV que ese comprador va a generar.
- DetracciónUn adelanto del IGV: en ciertas operaciones el comprador no le paga todo al proveedor, sino que deposita un porcentaje en la cuenta que el proveedor tiene en el Banco de la Nación.
- IGVEl impuesto al consumo que grava la venta de bienes y la prestación de servicios en el Perú. La tasa general es 18%.
- Formulario Virtual 621La declaración mensual más importante: liquida el IGV del mes y el pago a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categoría.
- Crédito fiscalEl IGV que pagaste en tus compras y que puedes restar del IGV que cobraste en tus ventas. Es lo que evita que el impuesto se pague dos veces sobre lo mismo.
